Curso Basico De Salud Ocupacional Cartilla 2 Pdf

Posted by admin- in Home -20/11/17

El libro comprendido como una unidad de hojas impresas que se encuentran encuadernadas en determinado material que forman un volumen ordenado, puede dividir su. En el Cuarto Informe de Gobierno se presentan los avances que, como pas, se han alcanzado para cambiar lo que era necesario cambiar. Es un recuento de resultados en. Resolucin 1. 10. Actualizacin de aranceles. Resolucin 1. 10. Actualizacin de valores de todos los aranceles vigentes del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADMINISTERIO DE SALUD Resolucin 1. Bs. As., 3. 10. 72. EDITORIAL. Lic. Julio Snchez y Tpoz Comisionado Federal para la Proteccin Contra Riesgos Sanitarios. Es un gran honor presentar en este nmero de nuestra. El objetivo de este Manual es difundir la temtica brindando conceptos bsicos referentes a reanimacin cardiopulmonar, acoso laboral, gestin de la salud y la. VISTO el expediente N 200218349150 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley 24. 901, los decretos Nros. 1193 del 8 de octubre de 1998 y 1277 del 23 de mayo de. Sitio Oficial de la Federacin de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodn y Afines de la Repblica Argentina. Con respecto a las manifestaciones clnicas, presenta prdromos de oscurecimientos visuales transitorios con conservacin de la agudeza visual en estados. Curso Basico De Salud Ocupacional Cartilla 2 PdfCurso Basico De Salud Ocupacional Cartilla 2 PdfVISTO el expediente N 2. MINISTERIO DE SALUD, la Ley 2. Nros. 1. 19. 3 del 8 de octubre de 1. Resoluciones Ministeriales Nros. CONSIDERANDO Que la ley mencionada en el VISTO instituye un SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, contemplando acciones de prevencin, asistencia, promocin y proteccin, con el objeto de brindarles cobertura integral a sus necesidades y requerimientos. Que por el artculo 1 de la Resolucin N 4. MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, se aprob el NOMENCLADOR DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Que por Resolucin N 1. MINISTERIO DE SALUD, se sustituy el artculo 1 de la Resolucin N 7. Escolaridad Primaria Jornada Simple y Escolaridad Primaria Jornada Doble, que no figuraban en el artculo sustituido, y s se encontraban agregadas en el Anexo I de dicha Resolucin. Que por las sucesivas Resoluciones Ministeriales citadas en el VISTO de la presente, se readecuaron los aranceles de las prestaciones del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Curso Basico De Salud Ocupacional Cartilla 2 PdfQue se llev a cabo el 2. Reunin Extraordinaria del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, quien por Acta N 3. Julio, del diez por ciento 1. Septiembre y de tres por ciento 3 para el mes de Febrero y en segundo lugar, el pago del veinte por ciento 2. Patagnica. Que en consecuencia resulta necesario readecuar los aranceles fijados por la Resolucin Ministerial vigente, precedentemente indicada. Que la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervencin de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios T. O. 1. 99. 2, modificada por su similar Ley 2. Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE ARTICULO 1 Actualzase, el valor de todos los aranceles vigentes del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, con un incremento no acumulativo del dieciocho por ciento 1. Julio, del diez por ciento 1. Septiembre y de tres por ciento 3 para el mes de Febrero. ARTICULO 2 Reconzcase un adicional del veinte por ciento 2. ARTICULO 3 Los nuevos aranceles dispuestos en la presente, regirn a partir de la fecha que se indica en el artculo 1. Curso Basico De Salud Ocupacional Cartilla 2 PdfARTICULO 4 Regstrese, comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional de Registro Oficial, y archvese. Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.